Archivos de Mayo, 2007

La cuenta (122) “Aportación de socios para compensación de pérdidas”, puede sernos muy útil en el caso de que tengamos la cuenta (553) “Cuentas corrientes con socios” con saldo acreedor y la empresa haya experimentado pérdidas importantes en ejercicios anteriores.

Para poder “bendecir” el saldo de la cuenta (553) y traspasarlo a la cuenta (122), se exige el acuerdo entre los socios y que figure por tanto, registrado dicho acuerdo, en un acta de Junta Extraordinaria. Así como, también se haga mención de ello, en la Memoria que acompaña a los estados contables y se deposita posteriormente en el Registro Mercantil.

Recordar además, que las aportaciones de socios para compensar pérdidas, tienen carácter de donación y por tanto tributan 1% de ITP y AJD (Artículo 19 2º). Pero a pesar de tener consideración de donación, no adquiere la consideración de ingreso extraordinario.

Esto puede ayudar a restablecer el equilibrio patrimonial, recordemos que “la reducción del capital tendrá carácter obligatorio para la sociedad cuando las pérdidas hayan disminuido su haber por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital y hubiere transcurrido un ejercicio social sin haberse recuperado el patrimonio”.(Artículo 163.1 Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas).

Lo cual nos obligaría a escriturar la Reducción y/o posible Ampliación de capital para restablecer el equilibrio patrimonial, con los costes que eso supondría.

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Mie
30
May

Cambios en el DUA

6:41

Resolución de 29 de abril de 2007, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se recoge las instrucciones para la formalización del Documento Único Administrativo (DUA).

NOVEDADES CON RESPECTO A LA ANTERIOR:

  • Esta Resolución actualiza el contenido de las declaraciones de tránsito, dejando para el año próximo las declaraciones de vinculación a depósito.
  • Otra modificación significativa es la aplicación del Convenio de Colaboración formalizado entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Canarias de creación de Ventanilla Única Aduanera (VEXCAN) a la presentación de las declaraciones de importación en Canarias como ya se realizó, en el 2006, para las declaraciones de exportación
  • Se actualizan códigos y se rectifican errores de la Resolución anterior.
  • La presente Resolución será de aplicación a partir de 1 de julio de 2007, a excepción de los cambios introducidos en el capítulo 4.º, que entrarán en vigor el 1 de octubre del 2007.

    Puedes acceder al contenido de dicha resolución, desde aquí

    También puedes entrar en la página habilitada por la AEAT, para el DUA 2007. Pincha aquí

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    Orden EHA/1493/2007, de 28 de mayo, por la que se modifica el anexo de la Orden EHA/1136/2007, de 26 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2006 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

    Con posterioridad a la publicación de la citada Orden en el Boletín Oficial del Estado, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación emitió un informe en el que se puso de manifiesto la existencia de situaciones de adversidad climática y otras circunstancias excepcionales que en su momento no se tuvieron en cuenta, que hacen necesario modificar el anexo de la citada Orden EHA/1136/2007, para determinados ámbitos territoriales y actividades de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Cataluña, Comunitat Valenciana y Región de Murcia.

    Si vives en alguna de esas Comunidades Autónomas y eres Agrícola o Ganadero, pincha aquí

    Nota Importante:
    Los contribuyentes afectados por esta que hubiesen presentado su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2006 podrán regularizar su situación presentando solicitud de rectificación de su autoliquidación ante el Delegado o Administrador de la Agencia Estatal de Administración Tributaria competente por razón del domicilio fiscal del contribuyente.

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    Esta Ley regula las condiciones básicas que garantizan la igualdad en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales relacionados con el suelo en todo el territorio estatal. Asimismo, establece las bases económicas y medioambientales de su régimen jurídico, su valoración y la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas en la materia.

    Esta ley recoge derecho y obligaciones de los ciudadanos

    Todos los ciudadanos tienen derecho a:

    a) Disfrutar de una vivienda digna, adecuada y accesible, concebida con arreglo al principio de diseño para todas las personas, que constituya su domicilio libre de ruido u otras inmisiones contaminantes de cualquier tipo que superen los límites máximos admitidos por la legislación aplicable y en un medio ambiente y un paisaje adecuados.

    b) Acceder, en condiciones no discriminatorias y de accesibilidad universal, a la utilización de las dotaciones públicas y los equipamientos colectivos abiertos al uso público, de acuerdo con la legislación reguladora de la actividad de que se trate.

    c) Acceder a la información de que dispongan las Administraciones Públicas sobre la ordenación del territorio, la ordenación urbanística y su evaluación ambiental, así como obtener copia o certificación de las disposiciones o actos administrativos adoptados, en los términos dispuestos por su legislación reguladora.

    d) Ser informados por la Administración competente, de forma completa, por escrito y en plazo razonable, del régimen y las condiciones urbanísticas aplicables a una finca determinada, en los términos dispuestos por su legislación reguladora.

    e) Participar efectivamente en los procedimientos de elaboración y aprobación de cualesquiera instrumentos de ordenación del territorio o de ordenación y ejecución urbanísticas y de su evaluación ambiental mediante la formulación de alegaciones, observaciones, propuestas, reclamaciones y quejas y a obtener de la Administración una respuesta motivada, conforme a la legislación reguladora del régimen jurídico de dicha Administración y del procedimiento de que se trate.

    f) Ejercer la acción pública para hacer respetar las determinaciones de la ordenación territorial y urbanística, así como las decisiones resultantes de los procedimientos de evaluación ambiental de los instrumentos que las contienen y de los proyectos para su ejecución, en los términos dispuestos por su legislación reguladora.

    Todos los ciudadanos tienen el deber de:

    a) Respetar y contribuir a preservar el medio ambiente, el patrimonio histórico y el paisaje natural y urbano, absteniéndose en todo caso de realizar cualquier acto o desarrollar cualquier actividad no permitidos por la legislación en la materia.

    b) Respetar y hacer un uso racional y adecuado, acorde en todo caso con sus características, función y capacidad de servicio, de los bienes de dominio público y de las infraestructuras y los servicios urbanos.

    c) Abstenerse de realizar cualquier acto o de desarrollar cualquier actividad que comporte riesgo de perturbación o lesión de los bienes públicos o de terceros con infracción de la legislación aplicable.

    d) Cumplir los requisitos y condiciones a que la legislación sujete las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, así como emplear en ellas en cada momento las mejores técnicas disponibles conforme a la normativa aplicable.

    Si puede ser de tu interés, accede desde aquí

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    El acoso laboral, también conocido como acoso moral, hostigamiento laboral o con el término inglés mobbing, es tanto la acción conducente a producir miedo o terror del afectado hacia su lugar de trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.

      Es una lacra de la sociedad actual.

    Identificar al tipo de agresor del Mobbing es muy importante, ya que detrás de ese tipo de personas sólo están hay individuos narcisistas que se creen superiores a los demás, normalmente soñadoras, que han montado un castillo de naipes que no quieren compartir con nadie y que creen que descalificando a los demás, llegarán a verlo hecho una realidad.

    Son mentirosos patológicos a los que les encanta difundir rumores, normalmente basado en falsedades o en verdades a medias, magnificando los errores o deficiencias de aquellos que pudieran “hacerles sombra”, sin importar las consecuencias sociales que eso conlleve.
    Leer más »

    La Red de Carreteras del Estado, ya sea con la conversión en autovías de las actuales carreteras o mediante la creación de nuevas autopistas y/o autovías, está en una transformación continua.

    Esto ha desembocado en la prudente la revisión de su nomenclatura, básicamente para acercarla al usuario haciéndola más comprensible.

    Te paso la nueva denominación de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado, pincha en la Comunidad Autónoma que precises.

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    En caso de querer movernos por Europa en avión, es bueno tener presente la Normativa de seguridad para el equipaje de mano en los aeropuertos europeos.

    Te dejo una breve guía de información para los pasajeros del transporte aéreo. Pincha aquí

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