Con fecha 16-07-2007 se publicó la siguiente Orden
Orden EHA/1751/2007, de 11 de junio, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se acuerda la retirada parcial y posterior desmonetización de monedas de 50 cents.
La mencionada Orden tiene como ejes los siguientes aspectos:
a) Posibilidad de actuar ante la pérdida de valor.
El Ministro de Economía y Hacienda podrá acordar la retirada, total o parcial, de la circulación de las monedas que, por pérdida de su poder liberatorio, valor comercial inadecuado u otras causas, sea conveniente eliminar del sistema de pagos.
b) Plazos para regular la forma y los canjes .
El Ministro de Economía y Hacienda dictará las disposiciones precisas para regular la forma y plazos de los canjes, determinando el ulterior destino del metal resultante de la desmonetización y las normas contables que se aplicarán a la ejecución del canje y a su aplicación presupuestaria.
c) Depósito y falta de uso de la moneda de 50 céntimos.
El Banco de España viene gestionando, por cuenta del Tesoro, un depósito de monedas, cuyo origen se encuentra en los suministros de las piezas acuñadas por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, y en las transacciones que diariamente efectúa el Banco en el mercado, motivadas por las necesidades de los agentes económicos.
Desde la emisión de las primeras monedas denominadas en euros establecida por la referida Orden de 23 de marzo de 1999 (B.O.E. de 31 de marzo), ha venido acumulándose en el Banco de España gran cantidad de monedas de 50 cents de valor facial. Las variaciones en los hábitos de utilización de las monedas de 50 cents han determinado la inadecuación de la oferta existente a la demanda y su consiguiente acumulación en el Banco de España, haciendo aconsejable la reducción en el stock de las mismas.
Por todo ello, se hace necesario retirar de la circulación las monedas del citado valor facial que se encuentren depositadas en el Banco de España, para su posterior desmonetización. Este acuerdo de retirada parcial no afecta, por tanto, a las monedas de este tipo que sigan en manos del público, que mantendrán plenamente su poder liberatorio.
Si te puede interesar más sobre este tema, pincha aquí.
Con fecha de Hoy 21-06-2007, se publica la siguiente corrección de errores
Advertido error en la publicación de la «Orden EHA/1751/2007, de 11 de junio, por la que se acuerda la retirada parcial y posterior desmonetización de monedas de 50 cents», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 144, de 16 de junio de 2007, se transcribe la oportuna rectificación:
En la página 26312, en el sumario de la disposición 11859, donde dice: «Orden EHA/1751/2007, de 11 de junio, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se acuerda la retirada parcial y posterior desmonetización de monedas de 50 cents», debe decir: «Orden EHA/1751/2007, de 11 de junio, por la que se acuerda la retirada parcial y posterior desmonetización de monedas de 50 cents».
Si te interesa la fuente original, pincha aquí
Asesor Útil
El Oasis del Contable