Enmiendas de 2006 al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 enmendado, (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» numero 16, 17 y 18 de junio de 1980), adoptadas el 19 de mayo de 2006 mediante Resolución MSC 202(81).
RESOLUCIÓN MSC.202(81)
(Adoptada el 19 de mayo de 2006)
Adopción de enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, enmendado
El Comité de Seguridad Marítima,
Recordando el artículo 28 b) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité,
Recordando también el artículo VIII b) del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el mar (SOLAS), 1974 (en adelante denominado «el Convenio»), relativo a los procedimientos para enmendar el Anexo del Convenio, con excepción de las disposiciones del capítulo I,
Habiendo examinado en su 81.º periodo de sesiones enmiendas al Convenio, propuestas y distribuidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) i) del mismo,
1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) iv) del Convenio, las enmiendas al Convenio cuyo texto figura en el Anexo de la presente resolución;
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