Resolución de 17 de julio de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 28 de noviembre de 2005, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero.
La Resolución de 28 de noviembre de 2005 de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los procedimientos para la tramitación de los documentos contables en soporte fichero, queda modificada como sigue:
Uno. El párrafo primero del punto 5 del apartado cuarto «Tramitación de documentos contables electrónicos», queda redactado como sigue:
«5. Una vez cargado el fichero en el sistema de información contable, la oficina de contabilidad realizará las actuaciones de verificación destinadas a comprobar si concurre o no alguno de los supuestos previstos en el punto 2 de la regla 2 ”Documentos contables” de la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden de 1 de febrero de 1996. Sin embargo, en el caso de que viniera sin cumplimentar la fecha del reconocimiento de la obligación en los documentos OK o ADOK, dicho dato se registrará por la oficina de contabilidad de acuerdo con la fecha que figure en la aprobación del acto de reconocimiento de la obligación que acompañe como justificante a dichos documentos contables.»
Dos. El anexo I «Relación de claves de operación», queda modificado como sigue:
«En las agrupaciones relativas a los documentos contables de gastos de ejercicio corriente y de gastos de ejercicios posteriores, se añaden las siguientes claves de operación:
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