Una de las cuentas que se “caen” del nuevo Plan General de Contabilidad es la cuenta “Provisión Para Grandes Reparaciones”, vamos a desarrollar juntos cual es el tratamiento contable y fiscal en el nuevo Plan General de Contabilidad.
Así es el ICAC el que nos ayuda en su:
Consulta número 1 del BOICAC 72/ENERO 2008
Disposición transitoria 1ª del Real Decreto 1514/2007. Costes de grandes reparaciones
El nuevo Plan General de Contabilidad (PGC) establece un nuevo criterio contable en relación con el registro de los costes relacionados con grandes reparaciones vinculadas con elementos del inmovilizado material. Consecuencia inmediata de este proceder será que los apuntes contables realizados con el Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, deberán ser adaptados a este nuevo criterio, lo que implicará la aparición de diferencias que determinarán la necesidad de realizar ajustes.
En concreto, la Resolución del ICAC del 30 de julio, de 1991, del Instituto de Contabilidad de Auditoria de Cuentas, por la que se dictan normas de valoración del inmovilizado material, señala lo siguiente en su norma CUARTA. Reparaciones y conservación del inmovilizado material:
“1. Se entiende por reparación el proceso por el que se vuelve a poner en condiciones de funcionamiento un activo inmovilizado.
2. La conservación tiene por objeto mantener el activo en buenas condiciones de funcionamiento, manteniendo su capacidad productiva.
3. La valoración de las reparaciones y conservación se ajustará a los siguientes criterios:
a) Los gastos derivados de este proceso se imputarán a la cuenta de resultados del ejercicio en que se producen.
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