Archivos de diciembre, 2008

Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2008.

Uno. Tendrán derecho a la deducción regulada en esta disposición los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 20 de enero de 2006 utilizando financiación ajena y puedan aplicar en 2008 la deducción por inversión en vivienda habitual prevista en el artículo 68.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes
y sobre el Patrimonio, al constituir su residencia habitual.

Dos. La cuantía de esta deducción será la suma de las deducciones correspondientes a la parte estatal y al tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual, calculadas con arreglo a lo dispuesto en los apartados siguientes.
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Real Decreto 2128/2008, de 26 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2009.

    624 EUROS MENSUALES, NUEVO SALARIO MÍNIMO


Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.

    El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 20,80 euros/día o 624 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

    En el salario mínimo se computan tanto la retribución en dinero como en especie. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

    Para la aplicación en cómputo anual del salario mínimo se tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes.

Artículo 2. Complementos salariales.
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Real Decreto 2127/2008, de 26 de diciembre, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2009.

APROBADA LA REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES PARA 2009

    * Las pensiones suben desde enero entre un 2,4 por 100 y un 7,2 por 100.
    * Las mínimas, que reciben más de dos millones y medio de pensionistas, subirán entre un 3,4 por 100 y un 7,2 por 100.
    * Los pensionistas recibirán a finales de enero, además de la nómina mensual, una paga de compensación por la desviación de la inflación en 2008.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto sobre Revalorización de las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2009.
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Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2008, que aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2009.

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Orden ARM/3772/2008, de 5 de diciembre, por la que se fija para el año 2009 la renta de referencia.

La Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de la Explotaciones Agrarias, en su disposición final sexta, establece que por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se realizará periódicamente la determinación de la cuantía de la renta de referencia de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de esta Ley. Este precepto dispone que se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido al respecto en la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de los salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

En su virtud, dispongo que la renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de la Explotaciones Agrarias, queda fijada para el año 2009 en la cuantía de 24.906 euros.

La presente orden será de aplicación a partir del 1 de enero de 2009.

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