Archivos de Enero, 2009

Real Decreto 74/2009, de 30 de enero, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia para el ejercicio 2009.

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Real Decreto 73/2009, de 30 de enero, sobre las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2009.

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Si tienes 52 años cumplidos y has trabajado los años necesarios para cobrar una jubilación, entonces los pasos que te corresponde hacer son

    1.- Verificar si cumples los requisitos. Pincha aquí.

    2.- Rellenar tu solicitud. Pincha aquí.

Leer más »

Resolución de 21 de enero de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2009.

Puedes acceder a las 17 páginas de medidas a tomar durante 2009 contra el fraude fiscal.

“Si todo el mundo pagase, sólo lo que le corresponde, la presión fiscal bajaría para todos.” Flash.

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Si quieres tener una idea aproximada de cuánto te corresponde cobrar por desempleo te paso un enlace útil.

  • Calcula tu prestación por desempleo. Pincha aquí

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Orden TIN/68/2009, de 27 de enero, por la que se establecen para el año 2009 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

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Requisitos que debe cumplir para poder beneficiarse del pago único de la prestación:

    Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir, a fecha de solicitud al menos, tres mensualidades.

    No haber hecho uso de este derecho, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
    Acreditar la incorporación como socio trabajador a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral, de nueva creación o en funcionamiento, de forma estable.

    Acreditar la realización de una actividad como trabajador autónomo.

    En caso de haber impugnado ante la jurisdicción social el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo cuya capitalización se pretende, la solicitud de pago único deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.

Te paso un buen enlace para un buen Internauta.

    En él puedes:

    1.- Verificar si cumples los requisitos.

    2.- Rellenar tu solicitud.

    3.- Prepara la documentación.

    4.- Ver los requisitos.

    5.- Y conocer las obligaciones.

    O bien, puedes llamar al teléfono de atención al ciudadano: 901 11 99 99.
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