¿Está exento de IVA el alquiler de plazas de garaje entre particulares?
¿Qué opinas?
a) Si
b) No
c) Depende
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La respuesta correcta es….
la letra c)
Los particulares, que no son sujetos pasivos del IVA, adquieren la condición de empresarios y profesionales a efectos de este impuesto por realizar, entre otras operaciones, el arrendamiento de bienes.
Por tanto, al arrendar una plaza de garaje están realizando una prestación de servicios sujeta y no exeta del IVA, siendo aplicable el tipo impositivo del 16%. (hasta el 1 de julio de 2010 a partir de esa fecha el 18%)
PRECISIÓN: Si el arrendamiento de la plaza de garaje se realizará conjuntamente con una vivienda destinada a ser ocupada como residencia, la operación estará sujeta pero exenta.
Fuente: www.aeat.es
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