¿Está exento de IVA el alquiler de plazas de garaje entre particulares?

¿Qué opinas?

    a) Si

    b) No

    c) Depende

_________________________________________________________________

La respuesta correcta es….


la letra c)

Los particulares, que no son sujetos pasivos del IVA, adquieren la condición de empresarios y profesionales a efectos de este impuesto por realizar, entre otras operaciones, el arrendamiento de bienes.

Por tanto, al arrendar una plaza de garaje están realizando una prestación de servicios sujeta y no exeta del IVA, siendo aplicable el tipo impositivo del 16%. (hasta el 1 de julio de 2010 a partir de esa fecha el 18%)

PRECISIÓN: Si el arrendamiento de la plaza de garaje se realizará conjuntamente con una vivienda destinada a ser ocupada como residencia, la operación estará sujeta pero exenta.

Fuente: www.aeat.es
_________________________________________________________________



Autor:
Fecha:
Miércoles, mayo 5th, 2010 a las 2:02
Categoría:
Discurretiempos, Fiscalidad Útil
Comentarios:
Puedes responder, o citar desde tu propio sitio.
RSS:
Puedes suscribirte a los comentarios de este artículo gracias al canal RSS 2.0.
Navegar:

Comentarios cerrados.