Archivos de la categoría 'Contabilidad Útil'

Modelo 349.

A partir de 2012.

¿Anual,

trimestral o

mensual?.

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Que no se te quemen las neuronas, te lo ponemos sencillo:
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DECLARACIÓN MENSUAL

Con carácter general, la declaración recapitulativa deberá presentarse por cada mes natural durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente, salvo la correspondiente al mes de julio, que podrá presentarse durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de septiembre y la correspondiente al último período del año, que deberá presentarse durante los 30 primeros días naturales del mes de enero.

Cuando ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa sea superior a 50.000 euros (Recordamos que en 2010 y 2011 este importe era de 100.000 euros), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, la declaración recapitulativa deberá presentarse durante los veinte primeros días naturales del mes inmediato siguiente al correspondiente período trimestral.

Si al final de cualquiera de los meses que componen cada trimestre natural se superara el importe mencionado en el párrafo anterior, deberá presentarse una declaración recapitulativa para el mes o los meses transcurridos desde el comienzo de dicho trimestre natural durante los veinte primeros días naturales inmediatos siguientes.
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DECLARACIÓN ANUAL.
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Variación de precios según sistema IPC base 2006 desde el periodo comprendido entre

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    Diciembre de 2010 hasta Diciembre de 2011 asciende a : 2,40 %

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Cómo usar el IPC en la actualización de salarios, pensiones alimenticias, etc…

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    La fórmula matemática es:

    Importe actualizado = Importe inicial x (índice general del ipc del mes final / índice general ipc mes inicial)

Si lo tuyo no son las matemáticas, te paso abajo un enlace a la calculadora del Instituto Nacional de Estadística.
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Otros Post de Asesor Útil sobre ÍNDICE PRECIOS CONSUMO – IPC:

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Resolución de 27 de diciembre de 2011, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2012.

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A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

    1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el segundo semestre de 2011, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 27 de diciembre, el tipo de interés aplicado ha sido el 1,0 por 100.

    2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2012 es el 8,0 por 100.

Madrid, 27 de diciembre de 2011.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, SNR.

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Resolución de 30 de diciembre de 2011, del Banco de España, por la que se publican los cambios del euro correspondientes al día 30 de diciembre de 2011, publicados por el Banco Central Europeo, que tendrán la consideración de cambios oficiales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre la Introducción del Euro.
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Información útil para el cierre de nuestras contabilidades.
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CAMBIOS.

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RETENCIONES CONSEJO DE ADMNINISTRACIÓN

Períodos impositivos 2012 y 2013,

El porcentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración, de las juntas que hagan sus veces, y demás miembros de otros órganos representativos

Consejero persona física.

    Pasa a ser el 42 %

Consejero persona jurídica.

    Pasa a ser el 21 %

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