Si has observado algún error en tu declaración de la renta presentada, no dudes en rectificarla, ahora que aún estás dentro de plazo.
La Administración indica estos dos casos como obligatorios.
1.- Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente, deben regularizarse mediante la presentación de una autoliquidación complementaria a la originariamente presentada.
2.- Deben regularizarse mediante la presentación de autoliquidaciones complementarias, aquellas situaciones o circunstancias sobrevenidas que motiven la pérdida del derecho a una reducción o exención ya aplicada en una declaración anterior.
Nota Útil.
Cuando existe un ingreso superior al que hubiera correspondido, hay que seguir la línea de ingresos indebidos.
Este caso no es obligatorio, porque no hay un perjuicio para la AEAT.
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