LO QUE ES NUEVO PARA 2008
En particular, los nuevos documentos que componen las cuentas anuales, a partir del 1 de enero de 2008, fecha de entrada en vigor de la Ley 16/2007, de 4 de julio, de Reforma Mercantil en materia contable, son:
a) Un estado que recoja los cambios en el patrimonio neto (ECPN)
b) Un estado de flujos de efectivo (EFE), que a diferencia de aquél solamente deberá formularse por las empresas que no puedan formular balance, ECPN y memoria abreviados. El nuevo artícu lo 175 del TRLSA recoge tal dispensa.
Por lo demás, el nuevo artículo 35 del Código de Comercio mantiene el criterio de adscripción de las partidas previsto hasta la fecha en el actual artículo 184 del TRLSA (que queda sin contenido) y coincidente con la clasificación corriente-no corriente.
ESTRUCTURA DE LAS CUENTAS ANUALES NORMALES.
La estructura de las cuentas anuales a partir de enero de 2008, es la siguiente:
a) El balance.
Activo. Bienes y derechos de la sociedad
Pasivo. Obligaciones de la sociedad.
b) Cuenta de Pérdidas y Ganancias o cuenta de resultados.
Refleja los movimientos habidos en:
Ingresos
Gastos.
La diferencia entre los ingresos y los gastos, permite obtener el resultado del ejercicio de la Sociedad.
c) Estado de cambios en el patrimonio neto (ECPN)
Este es un nuevo estado contable que se incluirá con el resto de documentos que conforman las Cuentas Anuales.
EL ECPC, no es otra cosa que el estado de cambios habidos en el patrimonio neto a lo largo del ejercicio, mostrándose
I, El resultado del ejercicio
II. Correcciones de errores
III. Variaciones por cambios en algún criterio contable.
IV. Variaciones de valoración (como los que se derivan del criterio de valor razonable)
d) Estado de flujos de efectivo (EFE)
Este es un nuevo estado contable que se incluirá con el resto de documentos que conforman las Cuentas Anuales.
El estado de flujos de efectivo mostrará de forma ordenada y agrupada por los diferentes tipos de actividades de actividades o catergorias:
a) Los cobros que realiza la empresa.
b) Los pagos que realiza la empresa.
Un dato a tener en cuenta es que el estado de flujos de efectivo no será obligatorio para aquellas empresas que puedan presentar balance y estado de cambios en el patrimonio neto (ECPN) abreviados.
e) Memoria
El objeto de la memoria es el de aclarar, ampliar y comentar el contenido de la información aportada por el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias y de todos aquellos otros datos obligatorios que puedan ser relevantes.
f) Informe de Gestión.
No forma parte de las Cuentas Anuales y no es obligatorio para las empresas que presentan el balance abreviado.
El informe de gestión habrá de contener una exposición fiel sobre:
a) La evolución de los negocios
b) La situación de la sociedad
c) Descripción de los principales riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta.
La exposición consistirá en un análisis equilibrado y exhaustivo de la evolución y los resultados de los negocios y la situación de la sociedad, teniendo en cuenta la magnitud y la complejidad de la misma
g) Informe de Auditoria
No forma parte de las cuentas anuales y no es obligatorio para las empresas que presentan el balance abreviado.
Puede ser de cuatro clases:
1.- Opinión favorable
Es un opinión sin salvedades y significa que el auditor está de acuerdo con el contenido de los estados financieros de la empresa.
2.- Opinión con salvedades
Se produce cuando el auditor, en principio, está de acuerdo con el contenido de los estados financieros, pero tiene ciertas reservas.
3.- Opinión desfavorable
Es una opinión adversa o negativa. Se produce cuando el auditor está en desacuerdo con los estados financieros de la empresa y pone de manifiesto que éstos no presentan de forma adecuada la imagen fiel de la empresa.
4.- Opinión denegada
Es una abstención de opinión. Se produce cuando el auditor no expresa ningún dictamen sobre los estados financieros de la empresa.
En sí mismo, esto no significa que se esté en desacuerdo con los estados financieros, simplemente significa que no tiene los suficientes elementos de juicio para formarse una opinión que le permita poder emitir una de las opiniones citadas anteriormente. (Quizás no pudo asistir al arqueo de caja, si esta es significativa o no pudo acudir al recuento físico de las existencias, etc…)
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