Este mes aún estamos pendientes de rebajar nuestra factura fiscal, estos días os propondremos soluciones para pagar menos o que nos devuelvan más.

El ahorro útil.

Deducción por Alquiler de la Vivienda Habitual

Cuantía y requisitos para la aplicación de la deducción.

Sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, hubiese aprobado cada Comunidad Autónoma, con efectos de 1 de enero de 2009, los contribuyentes podrán deducir el 10,05 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales.

La base imponible del contribuyente está formada por la suma de las cantidades consignadas en las casillas 455 (base imponible general) y 465 (base imponible del ahorro) de la página 10 de la declaración.

Base máxima de la deducción.

La base máxima de esta deducción es de:

    a) 9.015 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 12.000 euros anuales.

    b) 9.015 – [0,75 x (BI - 12.000)], cuando la base imponible esté comprendida entre 12.000,01 y 24.020 euros anuales.
    Siendo BI la base imponible del contribuyente. Es decir, la suma de las cantidades reflejadas en las casillas 455 (base imponible general) y 465 (Base imponible del ahorro) de la página 10 de la declaración.

    Importante: Los contribuyentes cuya base imponible, en los términos anteriormente comentados, sea igual o superior a 24.020 euros anuales, en tributación individual o en tributación conjunta, no podrán aplicar la presente deducción.

_________________________________________________________________



Autor:
Fecha:
Martes, diciembre 15th, 2009 a las 2:02
Categoría:
Fiscalidad Útil
Comentarios:
Puedes responder, o citar desde tu propio sitio.
RSS:
Puedes suscribirte a los comentarios de este artículo gracias al canal RSS 2.0.
Navegar:

Comentarios cerrados.