El

Defensor

del

Pueblo

español

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Alguien que tiene como misión:

    a) La protección

    b) La defensa de los derechos fundamentales

    c) La defensa de las libertades públicas de los ciudadanos.

Merece un enlace útil en este Blog-Web.

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Aunque antes de presentar una queja aseguraos de dos cosas:

1.- Cuáles son realmente sus competencias.

2.- En qué casos no puede intervenir:

    * Cuando no haya existido intervención de las administraciones públicas.

    * Cuando se trate de conflictos entre particulares.

    * Cuando haya transcurrido más de un año desde el momento en que el ciudadano haya tenido conocimiento de los hechos objeto de su queja.

    * Cuando se trate de quejas anónimas, sin pretensión concreta, en las que se aprecie mala fe o aquellas cuya tramitación pueda acarrear perjuicios a legítimos derechos de terceros.

    * Cuando se plantee la disconformidad con el contenido de una resolución judicial.

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Os paso un folleto explicativo en PDF de hasta dónde nos puede ayudar el Defensor del Pueblo aquí

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Fecha:
Lunes, abril 14th, 2008 a las 6:28
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Enlaces Útiles
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