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9:59 15 julio 2011
| tortuga2
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| Member | entradas: 99 | |
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hola tengo una duda, a mi hermana le han dado el colegio de abogados unos ingresos por haber participado en el turno de oficio, en este ingreso aparece la retencion, pero no el iva, eso significa que no esta sujeto a iva, que esta excento de iva, q que es el iva al cero%, la verdad q lio estos tres conceptos. le agradeceria que me lo comentara o explicara.gracias y saludos.
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10:08 15 julio 2011
| tortuga2
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| Member | entradas: 99 | |
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ok, leyendo otras dudas he visto esta.y ya tengo la respuesta. pero podria de todos modos decirme o explicarme la diferencia entre iva excento, iva al cero, no sujeto a iva.
gracias y saludos.
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21:18 15 julio 2011
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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El que una actividad esté sujeta y exenta, supone que cuando se compra, se hace con IVA, pero cuando se vende, no se vende con IVA.
Nos leemos
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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20:01 16 julio 2011
| tortuga2
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| Member | entradas: 99 | |
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ok, pero exento es igual a iva al 0% e iva no sujeto????
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9:09 17 julio 2011
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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Cuando una actividad se considera exenta, el IVA repercutido es al tipo del Cero por ciento, aunque no se pone en ningún lado.
Por ejemplo, en el alquiler de un piso nadie pone IVA al cero por ciento en la factura o recibo.
Nos leemos.
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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