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Deducción por maternidad ¿qué cantidad pongo?

Tema Bloqueado
UsuarioEntrada

19:39
28 mayo 2010


juanjo2010

New Member

entradas: 2

Hola a todos los foreros y foreras. Soy nuevo en este foro. Me ha surgido una duda haciendo una renta de un matrimonio amigo. El caso es que tienen un niño que cumplió 3 años el 5 de diciembre de 2009. La mujer trabajó unos días en junio y julio. En junio las cotizaciones para el tema de la deducción por maternidad fueron de 375 euros y en julio de 24 euros. Por tanto ha tenido derecho a deducción 11 meses del año pero sólo ha trabajado en 2 meses y en total ha cotizado 399 euros. ¿Qué cantidad tiene derecho a deducirse 399 euros (ha tenido derecho 11 meses pero sólo ha trabajado dos en los que ha cotizado 399)  ó 200 euros (100 por cada mes que ha trabajado)?. Saludos-

20:19
28 mayo 2010


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Ante todo bienvenido a los foros de Asesor Útil.

La deducción por maternidad tendrá como límite para cada hijo las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y mutualidades devengadas en cada período impositivo con posterioridad al nacimiento o adopción.

En la declaración hará constar el importe de la deducción por maternidad a que tiene derecho.

Con carácter general la deducción por maternidad no podrá aplicarse en los supuestos de percepción de prestación o subsidio por desempleo, aunque existan cotizaciones a la Seguridad Social.

El mes en que se cumplen los 3 años o se produce el cese en la convivencia no origina el derecho a la deducción.

El máximo anual sería 11 x 100 = 1.100 euros.

El abono anticipado de la deducción por maternidad podrá ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, pudiendo minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años.

El derecho a la aplicación de la deducción exige la realización de una actividad por cuenta propia o ajena. Por tanto, y aunque se continúe percibiendo la prestación por maternidad o por incapacidad temporal, no existirá el derecho a aplicar la deducción una vez finalizado el contrato de trabajo.

Sólo 2 meses. Que son los que cotizó.

Nos leemos

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.

18:15
29 mayo 2010


juanjo2010

New Member

entradas: 2

Entonces pondré 200 euros. Gracias. Saludos.

20:04
29 mayo 2010


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Recuerda que los foros son solo de opinión

Nos leemos

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.



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