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0:33 13 junio 2009
| nusa
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| New Member | entradas: 2 | |
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Mi madre tiene 86 años y una minusvalia reconocida por la Conselleria se Sanidad y Servicios sociales de la Xunta de Galicia del 46%.
tiene tambien reconocido el apoyo de teleasistencia la cruz roja por la Xunta de Galicia con los siguientes servicios contratados:
- seguimiento con visitas personalizadas de voluntarios de la cruz roja
- agendas de la central de asistencia
- llamadas de seguimiento de la central de teleasistencia
- comprobaciones de autotest del equipo instalado.
En la declaracion de la renta ya se que le puedo poner "1. minusvalia igual o superior al 33% e inferior al 65%"
Mi pregunta es si al tener tambien reconocido el servicio de la Cruz roja puedo ponerle "2. Minusvalia igual o superior al 33% e inferior al 65%, si se acredita necesitar ayuda de tercras personal o movilidad reducida". Muchas gracias por su respuesta
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8:00 13 junio 2009
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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Ante todo bienvenid@ a los foros de Asesor Útil.
Bueno no es lo mismo estar “vigilado” (control a distancia de que no tiene problemas que necesiten intervención médica urgente) que necesitar ayuda directa para vestirse, asearse, ayudar a caminar, etc…
Por ejemplo en Galicia, existe esta deducción:
Por contribuyentes discapacitados de edad igual o superior a 65 años que precisen ayuda de terceras personas.
Cuantía y límite máximo de la deducción:
10 por 100 de las cantidades satisfechas a los terceros por los contribuyentes de edad igual o superior a 65 años afectados por un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100 y que precisen ayuda de terceras personas, con el límite máximo de 600 euros.
La clave como ves, está en el baremo efectuado en el grado de minusvalía.
Dónde conseguir el baremo
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A los efectos del IRPF, tendrán la consideración de discapacitados aquellos contribuyentes con un grado de minusvalía igual o superior al 33%. El grado de minusvalía deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el IMSERSO o el órgano competente de las comunidades autónomas.
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El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, dispone que el grado de minusvalía reconocido por la resolución dictada por el órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas o por el IMSERSO se entenderá producido desde la fecha de solicitud. Por tanto, los certificados expedidos conforme al Real Decreto citado (que entró en vigor el 27.1.2000) acreditan el grado de minusvalía desde la fecha de su solicitud.
Nos leemos.
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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12:46 13 junio 2009
| nusa
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| New Member | entradas: 2 | |
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Gracias por contestar. El grado de minusvalia del 46% ya lo tiene acreditado por el Inserso.
Segun creo entender por tu respuesta debo ponerle la opción 1: " minusvalia igual o superior al 33% e inferior al 65%". y no la opción 2: Minusvalia igual o superior al 33% e inferior al 65%, si se acredita necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida”.
De todas formas al estar pagando este tipo de asistencia a la Cruz Roja ¿tiene algún tipo de desgravación? si es así ¿donde debo ponerlo en la declaración?
Un saludo
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22:31 16 junio 2009
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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Disculpa la tardanza, tengo problemas con la conexon a Internet de mi Pc y cuando visualicé tu mensaje tuve que cerrar y ya no me dió el aviso de estar pendiente.
La desgravación a la Cruz Roja puede estar en función del tipo de recibo que emitan por estos servicios (donación, etc..)
Nos leemos
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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23:42 11 mayo 2010
| angeles
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| Member | entradas: 3 | |
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Estoy perdida en el foro, no me aclaro donde exponer mi pregunta. Lo intento de nuevo aqui y perdon si aparece en un sitio inadecuado.
Tengo reconocida una minusvalia del 75%, movilidad reducida y tercera persona con fecha 10 de Mayo del 2009 , a la hora de desgravar es por todo el año o solamente por los dias transcurridos desde el reconocimiento de dicha minusvalia?. Gracias.
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7:22 12 mayo 2010
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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Ante todo bienvenida a los foros de Asesor Ütil.
Estoy perdida en el foro, no me aclaro donde exponer mi pregunta. Lo intento de nuevo aqui y perdon si aparece en un sitio inadecuado.
Lamentamos que experimentes problemas para poder postear a tu gusto.
Arriba a la derecha hay un botón que se llama AD TOPIP y al lado pone Agregar nuevo tema, lo pinchas y ya está.
Par responder un tema utiliza el POST PREPLY – Responder
Y si quieres modificar algo, editas el mensaje (EDIT – Editar sy entrada) y le das a la opción de Grabar Edición de Entrada (debajo de este texto, esta opción sólo aparece cuando editas)
Tengo reconocida una minusvalia del 75%, movilidad reducida y tercera persona con fecha 10 de Mayo del 2009 , a la hora de desgravar es por todo el año o solamente por los dias transcurridos desde el reconocimiento de dicha minusvalia?
El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, dispone que el grado de minusvalía reconocido por la resolución dictada por el órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas o por el IMSERSO se entenderá producido desde la fecha de solicitud. Por tanto, los certificados expedidos conforme al Real Decreto citado (que entró en vigor el 27.1.2000) acreditan el grado de minusvalía desde la fecha de su solicitud.
Nos leemos.
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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18:47 12 mayo 2010
| angeles
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| Member | entradas: 3 | |
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Gracias por responder.
Cuando hago la declaracion por este medio tan solo me sale la opcion del grado de minusvalia, no se donde poner la fecha del reconocimiento de diche minusvalia. Otra duda es: Hablamos de la declaracion por internet. Cuando pongo el nivel 3 (que sale cuando pincho en mas del 65%), me sale una desgravacion de 9.900 euro, sin embargo he leido por otro lada que tan solo corresponden siete mi y algo de euros. Podrias aclararme cual es la cantidad que me corresponde?. Gracias.
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20:06 12 mayo 2010
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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Más vale una imagen que mil palabras.

Si aún la quieres ver más grande, entonces…
Pincha aquí.
Nos leemos
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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22:47 12 mayo 2010
| angeles
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| Member | entradas: 3 | |
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Gracias por responder.
Ya me ha quedado basrante claro el porque de los nueve mil y algo de euros..
Aunque con pena dire: Ya que lo padezco, al menos que me compense algo.
Hasta la proxima duda.
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7:22 13 mayo 2010
| Flash
| | ¨‘°ºO Flash Oº°‘¨ | |
| Administrador
| entradas: 1912 | |
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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