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Pensiones como rendimientos del trabajo?

UsuarioEntrada

12:56
19 mayo 2011


Piluca

Member

entradas: 9

Buenos días, sabría alguien aclararme si una pensión por incapacidad permanente total se considera rendimiento del trabajo y por lo tanto hay que aplicarle la reducción por rendimiento del trabajo? y si es así, qué ocurre cuando la cantidad de dicha pensión es menor que la reducción de los rendimientos del trabajo y la cantidad resultante es negativa? se podría dar ese caso?

Muchas gracias

7:17
20 mayo 2011


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Están exentas las prestaciones reconocidas al contribuyente por la Seguridad Social o por las entidades que la sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

 

Las demás prestaciones se consideran rendimientos del trabajo y por lo tanto hay que aplicarle la reducción que corresponda por rendimiento del trabajo.

 

La aplicación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo no podrá ocasionar que el rendimiento neto del trabajo sea negativo.

 

Nos leemos.

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.

10:30
24 mayo 2011


Piluca

Member

entradas: 9


Ej: si una persona tiene unos rendimientos netos de trabajo de 3500 euros, la reducción por rendimientos del trabajo al ser menor de 9.180 sería de 4080, según la Ley 35/2006 de IRPF.

Resultaría una Base imponible negativa= -580 €.

Para que no resulte negativo, tendríamos que considerar la reducción como "0"?

Un saludo

20:21
24 mayo 2011


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Ante todo Piluca, gracias por postear en Asesor Útil.

 

Para un rendimiento neto de 3500 euros la reducción sería de 3500 euros, obteniendo un resultado del rendimiento neto reducido = 0

 

Nos leemos.

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.

8:36
26 mayo 2011


Piluca

Member

entradas: 9

Gracias a ti por tu ayuda :)

23:33
26 mayo 2011


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

A ti

 

Nos leemos.

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.

20:08
7 julio 2011


Piluca

Member

entradas: 9

Perdona que retome de nuevo el tema. Me decías que las demás prestaciones se consideran rendimientos del trabajo,pero las pensiones no contributivas no lo son, no?

No tengo muy claro cuando se aplican las reducciones en los rendimientos del trabajo como puedes ver. Sobre todo con el tema éste de las pensiones. Lo siento :)

 

Un saludo

23:26
7 julio 2011


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Depende quien otorgue la pensión y el concepto.

 

Las que conceden las Comunidades Autónomas, salvo normativa específca en contra, se consideran incrementos de patrimonio.

 

Nos leemos.

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.



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