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RETENCIONES DE ACTIVIDADES PROFESIONALES

Tema Bloqueado
UsuarioEntrada

17:20
1 junio 2010


virebar

New Member

entradas: 2

En el borrador con los datos fiscales de Hacienda para la declaración de IRPF de 2009, un profesional tiene declarado como actividades profesionales  un total de retenciones (correspondiente al total de facturas emitidas por este con retención) menor que las retenciones reales declaradas y facturas; entonces, mi pregunta es ¿qué total de retenciones tiene que declarar las reales o las que pone en el certificado de Hacienda? ¿si declara el total de retenciones realizadas tendrá algún tipo de requerimiento o de sanción al no coincidir con lo declarado por Hacienda?

Pd. Este profesional tiene clientes a los cuales les ha retenido pero que éstos no han declarado esta retención a final del año 2009 en su modelo 190, por lo que no se si el profesional tiene que declararlo.

Gracias

21:09
1 junio 2010


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Ante todo bienvenid@ a los foros de Asesor Útil

¿qué total de retenciones tiene que declarar las reales o las que pone en el certificado de Hacienda? 

Lo lógico, es declarar la realidad.

 ¿si declara el total de retenciones realizadas tendrá algún tipo de requerimiento o de sanción al no coincidir con lo declarado por Hacienda?

Habrá un impreso 110 a ingresar por la diferencia que en el mejor de los casos si se hace antes de recibir el requerimiento tendrá unos intereses de demora y un impreso 190 sancionable por fuera de plazo.

Nos leemos

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.

10:25
2 junio 2010


virebar

New Member

entradas: 2

Muchas gracias, lo único que los pagadores que no han declarado las retenciones en el modelo 190 del profesional recibirán un requerimiento al declarar en su renta el profesional las facturas emitidas a éstos con su retención correspondiente, ¿no?.

Otra cuestión: ¿el profesional recibirá algún tipo de comunicación o requerimiento para demostrar que ha facturado y retenido a clientes que no figuran en los datos fiscales emitidos por Hacienda?.

Muchas gracias, otra vez.

Nos leemos.

19:59
2 junio 2010


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1912

Muchas gracias, lo único que los pagadores que no han declarado las retenciones en el modelo 190 del profesional recibirán un requerimiento al declarar en su renta el profesional las facturas emitidas a éstos con su retención correspondiente, ¿no?.

Los pagadores deben presentar una complementaria del modelo 190, que será sancionado por fuera de plazo.

 Otra cuestión: ¿el profesional recibirá algún tipo de comunicación o requerimiento para demostrar que ha facturado y retenido a clientes que no figuran en los datos fiscales emitidos por Hacienda?.

No, una vez presentado el modelo 190 los datos fiscales del borrador habrán incorporado esos importes, puede descargárselo denuevo.

Nos leemos

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.



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