Ante todo bienvenid@ a los foros de Asesor Útil.
1. Autónomos – Libros obligatorios pero sin legalizar en el Registro Mercantil
-LIBRO DE VENTAS E INGRESOS
-LIBROS DE COMPRAS Y GASTOS
-LIBROS DE BIENES DE INVERSION
-LIBRO DE FONDOS Y SUPLIDOS (sólo para algunas actividades como abogados, etc…)
2. respecto al registro MERCANTIL, Al no ser un sociedad mercantil no hay que depositar cuentas anuales, eso lo tengo claro, pero mi pregunta es , efectivamente tengo que llevar libro inventario y cuentas anuales, estos libros hay que legalizarlos???,
No hay que legalizar los libros, incluso pueden hacerse en Hojas Excel, cumpliendo los requisitos para ello.
El inventario, no forma parte de los libros obligatorios, por lo que si lo llevas, para tu control, nunca te lo pedirán.
3.- Las cuentas anuales me imagino, esta compuesto por " diario, balance se sumas y saldos, balance se situacion, perdidas y ganancias y estado de cambios en el patrimonio neto ( ecpn). Y el libro inventario?? que es exactamente ese libro, un detalle de todos los activos y pasivos de la empresa.
Para que un empresario o profesional presente cuentas anuales, tiene que estar Inscrito en el Registro Mercantil. Algo que es voluntario para ellos.
4.- he leido algunos post, pero esque tengo cun pequeño lio respecto que libros tengo y no tengo que llevar, a ver si me lo podeis aclarar.
- Empresarios mercantiles en estimación directa normal:
Contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad
- Empresarios no mercantiles en estimación directa normal y todos los empresarios en estimación directa simplificada:
- Libro registro de ventas e ingresos
- Libro registro de compras y gastos
- Libro registro de bienes de inversión
- Profesionales en estimación directa, en cualquiera de sus modalidades:
- Libro registro de ingresos
- Libro registro de gastos
- Libro registro de bienes de inversión
- Libro registro de provisiones de fondos y suplidos
- Empresarios y profesionales en estimación objetiva:
- Libro registro de bienes de inversión (únicamente los contribuyentes que deduzcan amortizaciones)
- Libro registro de ventas e ingresos (únicamente los titulares de actividades cuyo rendimiento neto se determinen función del volumen de operaciones, es decir, titulares de actividades agrícolas, ganaderas, forestales accesorias y de transformación de productos naturales)
Nos leemos.
