Ante todo bienvenido a los foros de Asesor Útil.
Recibo trabajo de una empresa la cual me paga en B. simplemente me hace una transferencia bancaria y a correr (maldita crisis)
Es mala politica trabajar en B, pero es dramática cuando no se hace bien. Los bancos están obligados a dar información de los movimientos de efectivo, transferencias, billetes de 500 euros, etc…
En este caso tengo que declarar el iva y el irpf aunque sea 0? tengo que hacer el model 130 y 303,no?
El IVA y el modelo 130 siempre hay que declararlos aunque sean "sin actividad"
Me he estado informando para vender material a empresas de reciclaje (alum y cobre) y en algunas ( solamente dos ) me obligan hacerles factura y me han dicho con iva, ese IVA lo tengo que pagar luego yo?
Correcto, hace poco han cambiado la normativa y parece que los particulares no pueden vender cobre para evitar los robos a gran escala que estám sucediendo.
y el 20 % tambien?
Si te refieres al modelo 130, lo que se paga en el modelo 130 es sólo un anticipo que recuperas en tu Declaración de la Renta.
un 36% en total del beneficio?
No, el IVA que "cobras" es el que ingresas (deducido el que soportes, claro), eres una especie de "recaudador intermediario" y lo que pagas en el modelo 130, lo recuperas en tu Declaración de la Renta.
en otras simplemente ellos me hacen una factura con el que me dan X cantidad con su correspondiente IVA, tambien lo tengo que declarar?
Si, para asegurarse de la operación, y poder coger tu mataerial, por lo que entiendo, han hecho la factura como emisor a tu nombre. Es decir, como si se la hubieras hecho tú, eso sí… pero con otra serie.
He oido que no tengo que declarar si por empresa no excedo de 3000€. es cierto??
No se a que te refieres exactamente, si te refieres al modelo 347.
En este caso que explicas, si hay que declarar el modelo 347 de operaciones con más de 3.005,06 euros.
Nos leemos.