PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Como idea la nueva normativa sobre el IVA en temas de prestación de servicios es la siguiente:
- La prestación de servicios lleva el Impuesto del lugar donde se realice la prestación de servicios.
MERCANCÍAS
Si tu proveedor canario te vende mercancías o cliente canario te compra mercancías, en ambos casos, estas operaciones generan un impuesto al salir o entrar de la Aduana canaria, naturalmente las facturas van sin IVA y se consideran como una operación asimilada a una importación/exportación.
A TU PREGUNTAS
tengo clientes en canarias. Se les vende licencias de aplicaciones informáticas. Se les facturas sin IVA. ¿es correcto? Yo entiendo que sí pero…..a ver si me lo confirmáis.
Es correcto, no se debe repercutir IVA.
Será Inversión del Sujeto Pasivo para el canario.
tengo facturas de un proveedor de canarias. Éstas vienen sin IVA. ¿Tengo que hacer autofactura por cada factura? Entendí que sí, pero a ver si me lo podéis confirmar.
Si es proveedor de mercancías, no.
Si es proveedor de servicios, por servicios efectuados en Canarias, para ti (empresario o profesional que actúa como tal) se convierte en Inversión del Sujeto Pasivo y debes declararlo como tal, y por lo tanto efectuar una autofactura.
Nos leemos.