Buenos días:
Me surge una duda. Una empresa tiene una pagína web en la que se anuncian ofertas de otras empresas, el usuario compra esa oferta y lo paga mediante pasarela de pago. El dinero le llega a la empresa propietaria de la web y esta a su vez le hace la transferencia a la empresa dueña de la oferta menos una comisión.
En mi opinión, a efectos de justificar ante hacienda esos movimientos, la empresa propietaria de la web, le hace una factura a la empresa propietaria de la oferta por el importe de la comisión, pero , y ahí va la pregunta, ¿ hay que realizar algún otro trámite o factura o documento que haga referencia al resto del dinero?
Ejemplo.
Zapateria pepi cuelga una oferta en la web de Zumbados s.l. y un usuario compra la oferta y lo paga mediante tpv virtual a zumbados s.l. por 100€. Estos le hacen la transferencia a Zapateria pepi por 90€ y una factura por 10€ (iva incluido) que es la comision por anunciar la oferta.
Se que es rizar el rizo, pero me lo preguntó un cliente y en hacienda no han sabido darme una contestacion clara, con la normativa y tal…
Espero vuestra respuesta, gracias. :D