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16:47 17 enero 2012
| jmqg
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| Member | entradas: 37 | |
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Buenas tardes,
Un comercio que tributa en IVA por Recargo de Equivalencia (tienda de ropa), y a su vez realiza compras intracomunitarias de las mercaderias que comercializa, habiendo solicitado el alta como operador intracomunitario:
- Tengo que pagar el IVA+Recargo con el modelo 309 de esas compras intracomunitarias?
- En caso de que devuelva género y el proveedor me haga una factura de abono, como recupero ese IVA+Recargo pagado inicialmente? Presento un 309 negativo?
- Al presentar el 309 estoy obligado a presentar el resumen anual de IVA?
Gracias.
Un saludo.
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20:12 17 enero 2012
| Flash
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| Administrador
| entradas: 1912 | |
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Obligaciones formales
- Acreditar ante los proveedores o ante la Aduana, el hecho de estar sometido al recargo de equivalencia, con el fin de que estos puedan repercutir el recargo correspondiente.
- No existe obligación de expedir factura ni documento sustitutivo por las ventas realizadas, excepto en las entregas de inmuebles con renuncia a la exención, cuando el destinatario sea un empresario o profesional o un particular que exija factura para ejercer un derecho de naturaleza tributaria, en las entregas a otro estado miembro, en las exportaciones y cuando el destinatario sea la Administración Pública o una persona
jurídica que no actúe como empresario o profesional.
- No existe obligación de llevar libros por este impuesto, salvo que se realicen actividades en otros regímenes distintos en cuyo caso, además del deber de cumplir respecto de ellas las obligaciones formales que en su caso están establecidas, deberá llevarse un libro registro de facturas recibidas donde serán anotadas con la debida separación las relativas a adquisiciones correspondientes a actividades en recargo.
- No hay que presentar declaraciones del IVA por las actividades en este régimen especial. No obstante, cuando se realicen adquisiciones intracomunitarias, operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo o si en la transmisión de inmuebles afectos a la actividad se renuncia a la exención se presentará el modelo 309 “declaración no periódica”.
- Si se realizan entregas de bienes a viajeros con derecho a devolución del IVA, con el fin de obtener el reembolso de lo abonado a aquellos, se presentará el modelo 308 de “solicitud de devolución de recargo de equivalencia y otros sujetos ocasionales”.
En caso de que devuelva género y el proveedor me haga una factura de
abono, como recupero ese IVA+Recargo pagado inicialmente? Presento un
309 negativo?
Rectificando la factura entera recuperas el recargo.
Al presentar el 309 estoy obligado a presentar el resumen anual de IVA?
No, el modelo 309 afortunadamente no tiene resumen anual.
Nos leemos.
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AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.
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