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Prestamo de un familiar

Tema Bloqueado
UsuarioEntrada

19:14
26 noviembre 2009


t0juas

Member

entradas: 58

Buenas tardes,

resulta que necesito que mi hijo me empreste 5.000€.

No sabemos si para esa cantidad hay que hacer algún documento o algo, para que hacienda, no me diga de donde ha salido ese dinero.

¿Poniendo en la transferencia como concepto "prestamo" sería suficiente, para que hacienda no me pida cuentas? o ¿es necesario algo más?

Saludos

23:18
26 noviembre 2009


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1914

Cuanto tiempo, me alegro de leer tu nick

Siempre es mejor que esté perfeccionado en contrato de préstamo.

Pero, porqué no te lo “dona” y después le devuelves la “donación”

Es posible que ahorréis dinero.

Pero hay que hacer números.

Nos leemos

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.

19:02
27 noviembre 2009


t0juas

Member

entradas: 58

jeje, yo también me alegro de leerte!! y mucho!

Tengo el Foro en favoritos ;)

Entonces, donación mejor que prestamo, ¿no? Y lo del contrato lo redacto yo mismo imagino, y luego… ¿he de pesentarlo en algún sitio?

20:21
27 noviembre 2009


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1914

Me alegra de que nos sigas la “onda”

Préstamo 

El problema de los préstamos es la “gratuidad”. La AEAT tiene “tirria” a los préstamos que no devengan interés.

Te paso una consulta útil.

 ”La conexión del préstamo y su destino así como la justificación de la devolución se acreditará por cualquier medio de prueba admitido en derecho, debiendo valorarse por la administración tributaria las pruebas aportadas.

No obstante, los documentos públicos prevalecerán sobre los privados. Una vez acreditado, existirá derecho a deducción por las cantidades abonadas en el año.

Por otra parte, el préstamo se presumirá retribuido por el interés legal del dinero que se halle en vigor el ultimo día del período impositivo aunque, la presunción de onerosidad, puede destruirse, cuando se pruebe por cualquier medio admitido en derecho, la gratuidad del mismo.”

Por eso te comentaba que hay que hacer números.

Donación 

En el caso de la donación, el que recibe la donación tiene que pagar un porcentaje sobre el importe recibido, a su comunidad autónoma.

Te paso un link útil. Pincha aquí

Nos leemos

AsesorÚtil, Siempre Útil. Gracias por su visita.



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