Es una Sociedad Limitada constituida en junio de 2006, el capital Social era de 3.010€. Objeto social muy amplio: a) comercialización, representación, importación y exportación, embalaje, almacenamiento, envío, compra y venta, directamente o por catálogo, en su caso, y a través de cualquier medio de comunicación existente en la actualidad o que se cree y permita en el futuro, de: artículos y productos de peluquería, perfumería, cosmética, dietética, herboristería e higiene,
b) comercialización, distribución, importación, exportación, reparación, almacenaje, representación comercial y arrendamiento de componentes y productos informáticos y electrónicos, como así su instalación, montaje y realización de proyectos.
c) Realización por sí o a través de terceros de toda clase de trabajos de decoración interior y exterior, pintura, albañilería, construcción y reforma de edificios, locales, pisos, naves industriales y cualquier otro inmueble que pueden ser desarrolladas total o parcialmente, de modo directo e indirecto.
Sociedad libre de deudas e inactiva en la actualidad, con presentaciones cuentas al día. Actividad entre 2006 y 2007. Al día de obligaciones con Hacienda, Seguridad Social y terceros.
El interesado nos pone como condición que tengamos el nºIntracomunitario para exportar e importar y una vez obtenido el nº, sí la compraría, haciéndose él cargo de todos los gastos. ¿Porqué no hace él, luego de comprarla, la tramitación de Alta y gestión del nº Intracomunitario? Me ha dicho un amigo que dar otra vez yo el Alta, (luego de estar inactiva), me puede perjudicar.¿eso es correcto?
Además, Hacienda me cobrará en el futuro por los supuestos beneficios obtenidos, cuando en realidad yo no obtendré nada a cambio, sólo el deshacerme de dicha S.L.
Por lo que, llegado el momento, tendré que desembolsar un dinero sin haber ganado nada. ¿Cómo puedo asegurarme de que me certifiquen de esto para así, llegado el caso no tenga estos inconvenientes y pagar algo de lo que no he obtenido nada?
Muchas gracias