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prorrata iva

Tema Bloqueado
UsuarioEntrada

18:53
15 octubre 2010


silvia

Member

entradas: 24

Trabajo en una promotora inmobiliaria y debido a la crisis hemos decidido alquilar las viviendas pendientes de venta. La cuestión es que estas facturas emitidas por los alquileres están exentas de IVA, y mi duda surge en si tendría que aplicar la regla de la prorrata o no. Muchas gracias.

20:06
15 octubre 2010


Flash

¨‘°ºO Flash Oº°‘¨

Administrador

entradas: 1914

Primero tienes que notificar a la AEAT mediante el Modelo 036 que vas a alquilar viviendas dándote de alta en el epígrafe 861.1.

 

Luego, si no recuerdo mal la promoción inmobiliaria es el epígrafe 833 (compruébalo), que no tiene nada que ver con el 86. Por lo que al ser sectores diferenciados debes llevar un control a parte. Deducirte 100% el IVA de la promoción y 0% de los gastos que generen los alquileres.

 

Ahora bien, si también alquilas locales que es el epígrafe 861.2 , entonces sí, debes aplicar la prorrata, por todos los arrendamientos y solicitar mediante modelo 036, la prorrata especial. (sectores diferenciados)

 

Nos leemos.

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