Cada vez somos más los que nos sorprendemos al obtener una factura de Correos con una base imponible del 7,19% o incluso del 7,72%
Tal vez exclamemos…. ¡Pero si los sellos de correos están exentos de tributación en IVA!
Vamos pues a ver dónde está el misterio. Los productos filatélicos está sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido - IVA - de acuerdo con los siguientes tipos:
* Están exentas del IVA:
Las emisiones de sellos y de etiquetas de España, cualquiera que sea su forma de presentación (en pliego, hoja bloque, tira, carné, minipliego, etc.) y el tipo de goma utilizada (engomado o autoadhesivo).
* Están gravados con un IVA del 16%:
a) Las emisiones de sellos, etiquetas y productos de Andorra, Guinea Ecuatorial y de otros países (incluídas las emisiones conjuntas).
b) Los sobres de primer día, los sobres entero postales y las tarjetas del correo (tarjetas entero postales).
c) Las pruebas filatélicas de España.
d) Los productos parafilatélicos no utilizables para el franqueo.
*A los Libros anuales de emisiones de España y Andorra y a las publicaciones filatélicas en general están gravados con un tipo especial resultante de aplicar el 4% al valor del libro propiamente dicho, el 0% a los sellos de España y el 16% a los productos no utilizables para el franqueo, incluidos los sellos de otros países.
Las bases de tipos de IVA 7,19 %, 7,72%, etc. se debe a la media que se produce al comprar a diferentes tipos de productos filatélicos, servicios postales, etc..
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