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El modelo 300 de IVA trae dos novedades importantes:
a) La casilla 27.
De obligatoria incorporación en el 4TTE para aquellas empresas que están en regla de prorrata.
b) La casilla 36. A deducir (exclusivamente en caso de declaración complementaria):
Es una de la más esperadas. Se incorpora el Resultado de la declaración anterior o anteriores declaraciones del mismo concepto, ejercicio y periodo.
Recordatorios útiles
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A partir del 3T de 2008 (1 de octubre de 2008), la presentación del modelo 300 deberá hacerse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet en el caso de obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada. (Aún siendo su importe a ingresar)
En las tres primeras líneas se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos del 4%, 7% y 16%, el tipo aplicable y las cuotas resultantes.
En el espacio reservado al Recargo de equivalencia se harán constar las bases gravadas, en su caso, a los tipos del 0,5%, 1%, 1,75% y 4%, el tipo aplicable y las cuotas resultantes.
Más información:
Si deseas más información de como cumplimentar el modelo 300, puedes acceder a las instrucciones del impreso desde aquí.
Descarga:
Puedes acceder a la descarga del modelo 300, desde aquí.
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Para 2009 desaparecen los impresos de IVA unificándose en uno.
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