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Tantos parches ha sufrido la normativa acerca del IVA que merece la pena tenerlos actualizados, a ser posible, gratis.
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Viernes, enero 23rd, 2009 a las 2:02
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diciembre 18th, 2010 at 11:57
Tengo un negocio de turismo rural, me di de alta en autónomos hace cinco años, y hice las correspondientes deducciones del IVA de la construcción del edificio al incio de la actividad. En su momento me dijeron que esto me obligaba permanecer de alta en la actividad cinco años, pero ahora me comentan que no es así, que son diez años los obligatorios (en caso de que quiera dejar la actividad o venderlo por ejemplo). Me gustaría que orientaráis al respecto, así como saber en qué normativa está reocigido este tema. Muchas gracias
diciembre 18th, 2010 at 14:30
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