Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado secundario oficial o en otro mercado regulado de la Unión Europea.
Con este Real Decreto se culmina la incorporación al Derecho español del régimen comunitario de la transparencia de la información sobre los emisores cuyos valores coticen en un mercado secundario oficial español o en otro mercado regulado de la Unión Europea.
El origen de esta norma se encuentra en el Plan de Acción para los Servicios Financieros de la Unión Europea, aprobado por la Comisión Europea en 1999. Dicho Plan consiste en un conjunto de medidas acordadas en el ámbito de la Unión Europea con el ánimo de completar el mercado único de servicios financieros. Una de las medidas destacadas que componen ese Plan fue la adopción de la Directiva 2004/109/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2004, sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado y por la que se modifica la Directiva 2001/34/CE.
Esta norma, tal y como señala su primer considerando, parte del convencimiento de que la existencia de mercados de valores eficientes, transparentes e integrados contribuye a hacer realidad el mercado único en la Comunidad y estimula el crecimiento y la creación de empleo a través de una mejor distribución del capital y una reducción de costes. La divulgación de información exacta, completa y puntual sobre los emisores de valores fomenta la confianza continua del inversor y permite una evaluación informada de su rendimiento y sus activos. Con ello mejora la protección de los inversores y aumenta la eficiencia del mercado.
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