1.- Presentación en papel
La presentación del modelo 184 en papel se efectuará en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del obligado tributario, bien directamente o mediante envío por correo certificado, utilizando el sobre anual que corresponda, en el cual se habrá introducido previamente la siguiente documentación:
a) El “ejemplar para la Administración” de la hoja-resumen del modelo 184, debidamente cumplimentada, en la que deberá constar adherida en el espacio reservado al efecto la etiqueta identificativa elaborada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En el supuesto de no disponer de dicha etiqueta, se cumplimentarán la totalidad de los datos de identificación solicitados y se acompañará a la declaración una fotocopia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
b) Los “ejemplares para la Administración” de las hojas de declaración de rentas de la entidad y de las hojas de relación de socios, herederos, comuneros y partícipes.
2.- Presentación telemática por Internet
Si la declaración contiene hasta 49.999 registros referidos a rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles a socios, herederos, comuneros o partícipes, este Programa de Ayuda le permitirá generar un fichero para su presentación telemática por Internet, con los registros ajustados a los diseños lógicos oficialmente aprobados que se especifican en el apartado de esta Ayuda titulado “Diseños lógicos del modelo 184″.
La presentación del modelo 184 por Internet podrá ser efectuada por la propia entidad declarante o por un tercero que actúe en su representación, conforme a lo previsto a tal efecto en el artículo décimo de la Orden HAC/171/2004, de 30 de enero, estando sujeta dicha presentación a las condiciones generales y al procedimiento establecidos en los artículos octavo y noveno de la citada Orden.
3.- Presentación en soporte directamente legible por ordenador
Atención: El Programa de Ayuda de la AEAT no genera en ningún caso declaraciones en soporte directamente legible por ordenador.
Importante: Únicamente está permitida la presentación del modelo 184 en soporte directamente legible por ordenador, que necesariamente habrá de consistir en CD-R (Compact Disc Recordable), cuando la declaración contenga más de 49.999 registros referidos a rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles a socios, herederos, comuneros o partícipes.
Los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 184 deberán estar ajustados a los diseños físicos y lógicos aprobados en el anexo II de la Orden HAC/171/2004, de 30 de enero.
La presentación del modelo 184 en la modalidad de soporte directamente legible por ordenador (CD-R) se realizará en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria en cuyo ámbito territorial esté situado el domicilio fiscal de la entidad declarante.
No obstante, los obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas de las Delegaciones Especiales de la Agencia Tributaria, podrán también realizar la presentación en la Delegación o Unidad a la que estén adscritos.
El soporte deberá presentarse acompañado de la documentación prevista en el apartado uno del artículo séptimo de la Orden HAC/171/2004, de 30 de enero, debiendo tener una etiqueta adherida en el exterior en la que se harán constar los datos a que se refiere el citado apartado uno de dicha Orden.
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