Cuentas que intervienen en la adquisición de inmovilizado material a terceras personas sin vinculación con la empresa..

* Largo Plazo.

    173. Proveedores de inmovilizado a largo plazo

      Deudas con suministradores de bienes definidos en el grupo 2, con vencimiento superior a un año.

      Su movimiento es el siguiente:

      a) Se abonará:

      a1) Por la recepción a conformidad de los bienes suministrados, con cargo a cuentas del grupo 2.

      a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la cuenta 662.

      b) Se cargará:

      b1) Por la aceptación de efectos a pagar, con abono a la cuenta 175.

      b2) Por la cancelación anticipada, total o parcial, de las deudas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

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Orden ITC/3292/2008, de 14 de noviembre, por la que se modifica el sistema de determinación automática de las tarifas de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

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Orden EHA/3291/2008, de 7 de noviembre, por la que se establece el procedimiento de comunicación por las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados.

Artículo 1. Declaraciones.

    1. La comunicación a que se refiere el artículo 18.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que debe efectuarse al Ministerio de Economía y Hacienda por las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión o cualesquiera otras entidades financieras que tengan bajo su custodia depósitos de valores, en adelante entidades declarantes, será una declaración única por cada entidad, que se presentará dentro del primer trimestre natural del año en la Delegación de Economía y Hacienda donde radique la sede social de la misma, y comprenderá los saldos, depósitos y bienes muebles abandonados existentes en cualquiera de sus oficinas o sucursales que operen en el territorio nacional, sobre los que se hayan cumplido el plazo y circunstancias establecidas en el artículo 18.1 de la Ley 33/2003 dentro del ejercicio anterior.

    Cuando no existan los saldos, depósitos y bienes muebles abandonados, bastará con una comunicación que ponga en conocimiento de la Delegación de Economía y Hacienda dicha circunstancia.

    2. Cuando se trate de una entidad de crédito o de una empresa de servicios de inversión procedente de un Estado miembro de la Unión Europea que opera en España a través de una sucursal, presentará la declaración en la Delegación de Economía y Hacienda donde tenga el domicilio su oficina principal en España.

    3. A petición formulada por la entidad depositaria ante la Dirección General del Patrimonio del Estado y previa autorización de ésta, la comunicación podrá ser presentada en una Delegación de Economía y Hacienda distinta a la señalada, o en el registro electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda, cumpliendo, en este caso, las condiciones de admisibilidad, de acreditación de identidad y especificaciones que establece la Orden reguladora de dicho Registro Electrónico. La autorización producirá efectos en ejercicios sucesivos, en tanto no sea revocada.

    4. Las Delegaciones de Economía y Hacienda remitirán una copia de cada declaración presentada a la Dirección General del Patrimonio del Estado.

Artículo 2. Estructura y contenido de las declaraciones.

Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso» y el modelo 296 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta».

    Aprobación del modelo 216.

    Se aprueba el modelo 216 «Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso». Dicho modelo, que figura como anexo I de la presente Orden, consta de dos ejemplares: Ejemplar para el declarante y ejemplar para la entidad colaboradora-AEAT.

    El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 216.

Obligados a presentar el modelo 216.
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Si pinchas la imagen la verás más grande.

Os adjunto lo publicado en Asesor Útil sobre el Modelo 340.

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El inmovilizado se compone de tres partes con criterios específicos para cada uno de ellos:

    a) Inmovilizado Material.

    b) Inversiones Inmobiliarias.

    c) Inmovilizado Intangible.

Pasamos a detallar lo más significativo del Inmovilizado Material.
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Inmovilizado material

1. Valoración inicial

Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.

Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.
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Se considerarán principios y normas de contabilidad generalmente aceptados los establecidos en:

    a) El Código de Comercio y la restante legislación mercantil.

    b) El Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales.

    c) Las normas de desarrollo que, en materia contable, establezca en su caso el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y

    d) la demás legislación española que sea específicamente
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Sab
15
Nov

Calendario Laboral 2009

8:56

Resolución de 5 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2009.

Ya está publicado el Calendario Laboral para 2009. Faltarán las fiestas locales.

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Real Decreto 1663/2008, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Plan estadístico nacional 2009-2012

Recordamos que un Plan Estadístico es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración General del Estado.

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Sab
15
Nov

Coste Amortizado. Ejemplo.

6:44

Una empresa recibe un préstamo de 1890 unidades monetarias y tiene unos gastos iniciales de 35 um. A cambio a de pagar al banco 290 euros de intereses durante 4 años y al final del cuarto año tiene que devolver también el préstamo de 1890.

Resolver este ejercicio
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