Pregunta sencilla
¿Cuántos años debe conservar una empresa, empresario o profesional que elabora su contabilidad en base a las normas del Código de Comercio, sus libros contables?
a) Cuatro años
b) Cinco años
c) Seis años
d) No prescriben nunca
La respuesta es :
El Código de Comercio de 1885. En su Artículo 30. menciona
1. Los empresarios conservarán los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, debidamente ordenados, durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros, salvo lo que se establezca por disposiciones generales o especiales.
2. El cese del empresario en el ejercicio de sus actividades no le exime del deber a que se refiere el párrafo anterior y si hubiese fallecido recaerá sobre sus herederos. En caso de disolución de sociedades, serán sus liquidadores los obligados a cumplir lo prevenido en dicho párrafo.
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