Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, en relación con la prestación de incapacidad temporal.

Básicamente se regulan las comunicaciones informáticas por parte de los servicios públicos de salud al cumplirse el duodécimo mes en los procesos de incapacidad temporal, así como el desarrollo de las competencias de control otorgadas a las entidades gestoras por el artículo 128.1 de la Ley General de la Seguridad Social, una vez agotado el período de doce meses de duración de la situación de incapacidad temporal, ya que resulta mucho más operativo para las citadas entidades proceder, en su caso, al pago directo de la mencionada prestación, a fin de evitar duplicidades o falta de coordinación en el pago que, hasta ese momento, se efectúa por la empresa.

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Martes, septiembre 29th, 2009 a las 8:01
Categoría:
Laboral Útil, Legislación Útil
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