El 5 de marzo de 2008 avanzábamos en Asesor Útil, el tipo de registro que los trabajadores autónomos económicamente dependientes tienen que presentar ante el INEM.

Recordamos que los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes, son aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75 por ciento de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales..

Se ha habilitado un Registro electrónico llamado TAED. Contrato celebrado al amparo del Capítulo III de la Ley 20/2007, de 11 de julio del Estatuto del trabajo autónomo.

Se necesita certificado de usuario.

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Puedes acceder a los diferentes registros de la página del INEM, desde aquí.

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Autor:
AsesorUtil
Fecha:
Viernes, Abril 25th, 2008 a las 6:04
Categoría:
Enlaces Útiles
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