El 16 de Junio entró en vigor la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales. (BOE, núm. 65, de 16 de marzo de 2007).
Esta Ley iba dirigida a todas aquellas sociedades que tengan por objeto social el ejercicio en común de una actividad profesional, las cuales obligatoriamente deberán constituirse como sociedades profesionales.
IMPORTANTE:
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En la denominación social deberá figurar, junto a la indicación de la forma social de que se trate, la expresión «profesional». Ambas indicaciones podrán incluirse de forma desarrollada o abreviada.
La denominación abreviada de las sociedades profesionales se formará con las siglas propias de la forma social adoptada seguidas de la letra «p», correspondiente al calificativo de «profesional».
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