JUNIO DE 2008

Resolución de 16 de julio de 2008, del Banco de España, por la que mensualmente se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.

Considerandos:

(1) La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en las Circulares del Banco de España 5/1994, de 22 de julio (BOE del 3 de agosto), 7/1999, de 29 de junio (BOE del 9 de julio) y 1/2000, de 28 de enero (BOE del 10 de febrero).

(2) Este tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la O.M. de 1 de diciembre de 1999 (BOE del 4 de diciembre).
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MAYO DE 2008
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Resolución de 16 de enero de 2008, del Banco de España, por la que mensualmente se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.

Mensualmente se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda 1.

Diciembre 2007:

1. Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre:

a) De bancos………………………………. 5,515 %

b) De cajas de ahorro…………………….. 5,603 %

c) Del conjunto de entidades de crédito…5,562%

2. Tipo activo de referencia de las cajas de ahorro 6,125%

3. Rendimiento interno en el mercado secundario de la Deuda Pública entre dos y seis años 4,181%

4. Tipo interbancario a un año (Mibor) 2 4,779 %

5. Referencia interbancaria a un año (Euribor) 4,793 %

Considerandos:

1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en las Circulares del Banco de España 5/1994, de 22 de julio («BOE» de 3 de agosto), 7/1999, de 29 de junio («BOE» de 9 de julio), y 1/2000, de 28 de enero («BOE» de 10 de febrero).

2 Este tipo ha dejado de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la O.M. de 1 de diciembre de 1999 («BOE» de 4 de diciembre).
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LEY 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria.

Por lo que se refiere a las novedades que esta Ley introduce:

* Regulación del tratamiento fiscal de los instrumentos privados de cobertura de la dependencia.

* Hacer líquido el valor de la vivienda mediante productos financieros podría contribuir a paliar uno de los grandes problemas socioeconómicos que tienen España y la mayoría de países desarrollados: la satisfacción del incremento de las necesidades de renta durante los últimos años de la vida.

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