Convalidación y Homologación de Títulos Extranjeros

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NUEVO JUNIO DE 2010

    Notas medias para poder Homologar y Convalidar títulos.

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Orden PRE/3/2010, de 11 de enero, por la que se establece el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería.

Artículo 1. Determinación de la cuantía de las tasas.

    1. De acuerdo con lo previsto en los artículos 44 y 48 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en el anexo a esta Orden se establecen las cuantías de las tasas por tramitación de las autorizaciones administrativas y documentos a que se refiere la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

    2. Dichas cuantías experimentarán al comienzo de cada ejercicio los incrementos que al respecto se establezcan en las correspondientes Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.

    3. Las tasas correspondientes al Certificado de registro de residente comunitario, de Tarjeta de residencia de familiar de un ciudadano de la Unión, de Documento de identidad de refugiado o de apátrida serán, en todo caso, equivalentes a la que se exige a los ciudadanos españoles para la obtención y renovación del documento nacional de identidad.

    4. El contenido de este artículo se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa comunitaria en relación con las tasas por tramitación de visados de tránsito o para estancias previstas en el territorio de los Estados miembros no superiores a tres meses en un período de seis meses, o de solicitudes de prórroga de dichas estancias.

Artículo 2. Gestión y recaudación.
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Resolución de 21 de diciembre de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se publica el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura para el primer trimestre de 2010.

    ES

    PARA

    TODOS

    POR

    IGUAL

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      MIRA

      SI TE VES

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        Este catálogo será elaborado por el Servicio Público de Empleo Estatal de acuerdo con la información suministrada por los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, previa consulta con la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración y permite que los empleadores insten la tramitación de autorizaciones para residir y trabajar dirigida a trabajadores extranjeros cuando las vacantes de los puestos de trabajo que necesiten cubrir lo sean en ocupaciones incluidas en el citado catálogo.

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        Orden TIN/3498/2009, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2010.

        Artículo 1. Gestión colectiva de contrataciones en origen para 2010.

        1. De conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en los artículos 77 al 83 del Reglamento de la referida Ley Orgánica, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre se establece para el año 2010 la contratación en origen de trabajadores extranjeros no comunitarios estables que se recoge en el Anexo I de la presente Orden.

        2. Las cifras contenidas en el Anexo I tienen carácter provisional. Con el fin de adaptar las previsiones de contratación de trabajadores extranjeros a lo largo del año a las necesidades reales de mano de obra, la Dirección General de Inmigración podrá reasignar puestos a escala nacional. Podrá también disponer su modificación, previo informe de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, que deberá emitirlo en un plazo de cinco días hábiles, de oficio o a solicitud de las organizaciones empresariales o de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.

        La Dirección General de Inmigración informará a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración de las reasignaciones y modificaciones que experimente la gestión colectiva de contrataciones en origen.

        3. La Dirección General de Inmigración mantendrá relaciones de información y colaboración con las autoridades competentes de los países con los que existe Acuerdo sobre regulación y coordinación de flujos migratorios, con el fin de facilitar la disponibilidad de trabajadores que se ajusten al perfil profesional de las ocupaciones requeridas por el mercado de trabajo y, en el marco de colaboración establecido en estos acuerdos, promoverá la creación en los países de origen de bases de datos de demandantes de empleo que simplifiquen la realización y mejoren la calidad de los procesos selectivos. A estos efectos se promoverá la utilización del formato de currículum vitae CV Europass aprobado por Decisión número 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea de 15 de diciembre de 2004.

        Artículo 2. Características de las ofertas de empleo.
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        Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

        Los objetivos que se persiguen con esta reforma son los siguientes:

          1. Establecer un marco de derechos y libertades de los extranjeros que garantice a todos el ejercicio pleno de los derechos fundamentales.

          2. Perfeccionar el sistema de canalización legal y ordenada de los flujos migratorios laborales, reforzando la vinculación de la capacidad de acogida de trabajadores inmigrantes a las necesidades del mercado de trabajo.

          3. Aumentar la eficacia de la lucha contra la inmigración irregular, reforzando los medios e instrumentos de control y los sancionadores, especialmente por lo que se refiere a quienes faciliten el acceso o permanencia de la inmigración ilegal en España, agravando el régimen sancionador en este caso y, reforzando los procedimientos de devolución de los extranjeros que han accedido ilegalmente a nuestro país.

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        Resolución de 16 de julio de 2009, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica la relación de concesiones de nacionalidad durante el primer semestre de 2009.

        Si quieres saber si durante el primer semestre de 2009, te han concedido la nacionalidad española a ti o algún familiar tuyo, y quieres mandar a algún conocido un documento dónde aparece el nombre completo y el país origen.

        Entonces, este es tu enlace.

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        Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de diciembre de 2008, por el que se regula el contingente de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para el año 2009.

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