Con fecha de hoy 09-02-2008 se introduce la siguiente corrección de errores.

Real Decreto 179/2008, de 8 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008.

El Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 2 del artículo único queda redactado del siguiente modo:

«2. Asimismo, se procede a la actualización de las cuantías señaladas para el nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada beneficiario del Sistema de Grado III, Gran Dependencia, niveles 2 y 1, fijadas en el anexo, de conformidad con el incremento del 3,50 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), establecido en el Real Decreto-ley 1/2008, de 18 de enero, por el que se determina el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2008 y se concede un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por importe de 200.000.000 de euros con destino a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos.»

Dos. El anexo queda sustituido por la siguiente tabla:

La aportación total máxima estimada de la Administración General del Estado según los Presupuestos Generales del Estado del 2008 es de 870.998.370 euros.

Disposición final única. Entrada en vigor y efectos.

El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos del día 1 de enero de 2008

Leer más »

Mar
5
Feb

IPREM - Convalidación

8:49

Resolución de 29 de enero de 2008, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/2008, de 18 de enero, por el que se determina el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2008 y se concede un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por importe de 200.000.000 de euros con destino a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 1/2008, de 18 de enero, por el que se determina el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2008 y se concede un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por importe de 200.000.000 de euros con destino a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 17, de 19 de enero de 2008.

Leer más »

Real Decreto-LEY 1/2008, de 18 de enero, por el que se determina el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2008 y se concede un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por importe de 200.000.000 euros con destino a la acogida e integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos.

Modificación de la disposición adicional trigésima quinta de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008.

Se modifica la disposición adicional trigésima quinta de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, que queda redactada de la siguiente manera:

«Disposición adicional trigésima quinta. Determinación del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2008.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía, el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá las siguientes cuantías durante 2008:

a) El IPREM diario, 17,23 euros.

b) El IPREM mensual, 516,90 euros.

c) El IPREM anual, 6.202,80 euros.

Leer más »

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) sustituyó al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como índice de referencia desde el 1 de Julio de 2004. (REAL DECRETO LEY 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía.)

Este indicador se utiliza como referencia del nivel de renta en España que sirve para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos.

Las comunidades autónomas, las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración local podrán utilizar como índice o referencia de renta el IPREM, sin perjuicio de su potestad para fijar indicadores propios en el ejercicio de las competencias que constitucionalmente les correspondan

Os dejo un link de Asesor Útil donde iremos colgando información sobre este indicador.

  • Puedes acceder desde aquí

    Asesor Útil
    El Oasis del Contable y de cada vez más Internautas

    Gracias por su visita.
    Asesor Útil, siempre útil.

© Todos los derechos reservados por Asesor Útil y por Utilidades-Útiles