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Como sabéis la Campaña de la Declaración del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre el Patrimonio, concluye el 2 de julio de 2012, este factor hace que la fecha de domiciliación del pago de ambos impuestos varíe.

Si se opta por domiciliar, podrá realizarse:

Desde el día 3 de mayo hasta el 27 de junio de 2012, ambos inclusive.

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La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio se presentará de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet.

La presentación telemática de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

a) El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal(NIF) previamente incluido en la base de datos de identificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

En el caso de declaración conjunta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas formulada por ambos cónyuges, los dos deberán tener NIF y estar incluidos en la base de datos de la AEAT.

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Nuevamente tenemos a nuestro alcance la posibilidad de descargar el programa PADRE del Impuesto sobre el Patrimonio, algo que quizás está lejano en nuestra memoria.

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Descarga el programa de ayuda – Patrimonio 2011.

Accede desde aquí

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Recuerda, están obligados a presentar el Impuesto sobre el Patrimonio:

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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, estarán obligados a presentar declaración por este Impuesto,

  • por obligación personal (Residentes en España) o
  • por obligación real (No Residentes en España),

a) Resultado a ingresar.

    Los sujetos pasivos cuya cuota tributaria, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del Impuesto y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar.

b) Declaración Negativa.
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Orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2011, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

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Ya tenemos la normativa que desarrolla el funcionamiento el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto sobre el Patrimonio, ambos para el ejercicio de 2011.

Iremos poco a poco destacando los aspectos más novedosos y aplicativos, mientras tanto podéis acceder a los enlaces de Descarga.
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